El Real Decreto de estado de alarma permite la apertura del comercio detallista de venta de insumos

Ante las dudas suscitadas por la entrada en vigor del Real Decreto de estado de alarma, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación aclara que está permitida la apertura del comercio detallista de venta de insumos para la agricultura, la ganadería y la pesca.

La producción agrícola, ganadera y acuícola, así como la actividad pesquera, la transformación de productos agrarios y pesqueros, los centros o clínicas veterinarias, el transporte y la distribución de alimentos, así como su comercialización a través de la venta minorista al consumidor, forman la cadena de abastecimiento alimentario cuya actividad debe garantizarse en la situación de estado de alarma. Esto implica que debe mantenerse no solo la actividad de las empresas agroalimentarias en su conjunto sino también la de las empresas que, a su vez, les suministran los insumos necesarios para su funcionamiento.

En el caso de agricultores, ganaderos, acuicultores y pescadores deben poder seguir realizando las labores necesarias para garantizar el mantenimiento de actividad.

Es por ello por lo que la actividad del comercio detallista que suministra este tipo de insumos tiene continuidad, ya que son actividades imprescindibles para asegurar la producción primaria y el suministro alimentario a la ciudadanía. En ocasiones, este comercio detallista lo prestan las propias cooperativas agrarias, que deberán poder seguir prestando este servicio. Estos productos también se venden en establecimientos que comercializan otro tipo de productos. En este caso, la actividad está limitada a la necesaria para la venta de insumos a los agricultores, ganaderos, acuicultores y pescadores.

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